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Debido al notable incremento de usuarios en las playas del tรฉrmino municipal de Pilar de la Horadada durante el presente periodo estival, que el tiempo de estancia es mรกs prolongado, que se produce una utilizaciรณn nocturna, y que al estar la arena cubierta continuamente por toallas, esterillas, y otros elementos, impide que el sol y el aire la saquen, repercutiendo negativamente en el estado de las playas produciendo una compactaciรณn y humedecimiento de la arena.
Con el fin de favorecer los trabajos necesarios de aireamiento, extendido y nivelaciรณn para conseguir que las playas se encuentren en perfectas condiciones, dado que estas labores de mantenimiento y limpieza deben realizarse en horario nocturno para no perjudicar el acceso diurno a las playas, haciรฉndolas incompatibles con el uso nocturno de las mismas.
Se propone prohibir el acceso y estancia en todas las playas del tรฉrmino municipal de Pilar de la Horadada durante la noche del 14 al 15 de agosto de 2026.
Visto el error material existente en la Resoluciรณn de Alcaldรญa nรบmero 2026002494 de fecha 12 de agosto de 2026.
Por tanto, en ejercicio de las facultades que me atribuye el artรญculo 21.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Rรฉgimen Local y el artรญculo 41.24 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organizaciรณn, Funcionamiento y Rรฉgimen Jurรญdico de las Entidades Locales.
Visto el expediente
La Alcaldรญa, RESUELVE:
Primero.- CERRAR TODAS LAS PLAYAS del tรฉrmino municipal de Pilar de la Horadada, con prohibiciรณn de acceso y estancia, desde las 22:00 horas del VIERNES 14 de Agosto de 2026, hasta las 06:00 horas del SรBADO 15 de Agosto de 2026.
Segundo.- Se recuerda que no se permite el consumo de bebidas alcohรณlicas en las vรญas y zonas pรบblicas, conforme a lo estipulado en el artรญculo 4 de la Ordenanza Relativa al Consumo de Bebidas Alcohรณlicas publicada en BOP nรบmero 240 de fecha 18 de octubre de 2000.
Tercero.- Se prohรญbe encender fuego en todo tipo de espacios abiertos hasta el prรณximo 16 de octubre de 2026, conforme a la normativa forestal de la Comunidad Valenciana.
Cuarto.- Se apela a la responsabilidad y civismo de la ciudadanรญa hacia el respeto de la normativa vigente y las recomendaciones higiรฉnico-sanitarias.
Lo que se hace pรบblico para general conocimiento, y a los efectos oportunos.
Documento firmado digitalmente el 12/08/2026
D. Josรฉ Marรญa Pรฉrez Sรกnchez
ALCALDE-PRESIDENTE
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